viernes, 9 de diciembre de 2016

Derechos invisibles: 10 leyes cotidianas que no se cumplen porque no se conocen

"Señorita, permítame ver su bolso". Quien lo pide es un hombre que oficia de personal de seguridad en una farmacia de esas que además de remedios venden caramelos y medias. Es un lugar que invita a la compra, pero que al mismo tiempo convierte en sospechosos a todos los clientes, empezando por esa luz ultrablanca con la que iluminan todo. El hombre no porta armas, pero viste uniforme y eso es suficiente para decirle a una chica que no puede salir sin que él vea lo que lleva en su cartera. "No tengo porqué mostrarle a usted lo que llevo en mi cartera ¿O acaso cree que estoy robando?". El de seguridad insiste, dice que son las reglas del local y la mujer estalla en furia. Lo que ni el hombre ni la empresa saben es que ningún cliente tiene la obligación de mostrar sus pertenencias. Y no tiene que ver con normas de ningún local sino con el artículo 18 de la Constitución Nacional, que protege los papeles privados entre otras garantías.

Como ése, hay muchos derechos que nos protegen en nuestro día a día, pero los desconocemos. Una enumeración rápida: es ilegal que los kioscos cobren un extra por cargar la SUBE o el celular, los cambios de ropa pueden hacerse cualquier día, las promociones en efectivo corren también para las tarjetas de débito, no hay que saldar una deuda para dar de baja un servicio. Son muchos, nos amparan y sin embargo ...

"No nos han educado para conocer ni para defender nuestros derechos -observa Héctor Polino, presidente de Consumidores Libres- y por otro lado, todavía es muy engorroso hacer los reclamos. La gente se cansa y los abandona. Lo curioso es que nos hemos ocupado de consagrar muchos derechos en los últimos años, pero de los básicos sabemos poco".

"Básicos" como que los restoranes y bares sólo pueden cobrar el cubierto si ofrecen en la mesa agua, pan y sal. Así lo establece la ley de la Ciudad 4.407. O como que todos los garages deben aceptar bicicletas y que la tarifa no puede superar el 10% del costo de la hora de los autos, según la norma 1.752. O que en las guardias médicas deben entregar un certificado: el artículo 3° ley 26.529 dice que están obligadas a extender el justificativo porque "constituye información sanitaria, en términos claros, suficientes, adecuados a la capacidad de comprensión del trabajador y de su empleador".

O éste: uno puede entrar al cine, ocupar una butaca y comer su propio pochoclo o lo que haya comprado en un kiosco cualquiera. "En ningún lado se establece que uno debe entrar con la comida o bebida que venden en el centro comercial. Este es un problema muy frecuente que necesita una respuesta inmediata. El inconveniente es que las empresas no cuentan con personal que puedan atender estas denuncias. Pero uno puede ingresar al cine con lo que quiera beber o tomar, sea comprado dentro o fuera del lugar", explica Carolina Suárez, vicepresidenta del Centro de Educación al Consumidor.

Otro "clásico" es la respuesta de las vendedoras en los locales de indumentaria y calzado: "Hoy no hacemos cambios". La Legislatura porteña sancionó la ley 3.281 que habilita a los consumidores el derecho a hacer cambios de productos sin trabas y cualquier día. Explicita que todo cambio producto "deberá efectuarse en los mismos días y horarios en los que el comercio atienda al público para ventas".

Respecto de las promociones, como los descuentos, la ley porteña 5.008 obliga a los comercios a no efectuar diferencias de precio entre operaciones en efectivo o con tarjetas de débito y crédito, salvo que sean a favor del consumidor. "La intención de esta ley es, por un lado, proteger los derechos de los consumidores y por el otro, permitir que los comercios hagan promociones o descuentos que favorezcan a quien hace una compra", avisa Jorge Surín, abogado especialista en derechos del consumidor.

¿Alguien logró no desesperarse al dar de baja un servicio? Aunque la ley 24.240 indica que podemos suspender algo de la misma manera en que lo contratamos, que sólo pueden cobrarnos si avisamos después del fin de un ciclo y que no es obligatorio saldar una deuda para poder dar de baja un servicio (cable, Internet, telefonía celular), lograr que lo entiendan en Atención al Cliente es imposible.

La ley ofrece algunas curiosidades, como que un pasajero puede pedirle a un taxista que cambie el dial. O que directamente apague la radio. Y si el cliente hila fino en la interpretación del artículo 1.204 del Código Civil hasta podría no pagarle si no respeta el rojo de un semáforo o excede la velocidad.

¿Qué hacer cuando no se respetan estos derechos? El 0800-666-1518 es la línea gratuita de Defensa al Consumidor. Allí brindan información y toman reclamos.

Fuente: clarin.com  Por: Victoria De Masi

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