"Señorita,
permítame ver su bolso". Quien lo pide es un hombre que oficia de
personal de seguridad en una farmacia de esas que además de remedios
venden caramelos y medias. Es un lugar que invita a la compra, pero que
al mismo tiempo convierte en sospechosos a todos los clientes, empezando
por esa luz ultrablanca con la que iluminan todo. El hombre no porta
armas, pero viste uniforme y eso es suficiente para decirle a una chica
que no puede salir sin que él vea lo que lleva en su cartera. "No tengo
porqué mostrarle a usted lo que llevo en mi cartera ¿O acaso cree que
estoy robando?". El de seguridad insiste, dice que son las reglas del
local y la mujer estalla en furia. Lo que ni el hombre ni la empresa
saben es que ningún cliente tiene la obligación de mostrar sus
pertenencias. Y no tiene que ver con normas de ningún local sino con el
artículo 18 de la Constitución Nacional, que protege los papeles
privados entre otras garantías.
Como ése,
hay muchos derechos que nos protegen en nuestro día a día, pero los
desconocemos. Una enumeración rápida: es ilegal que los kioscos cobren
un extra por cargar la SUBE o el celular, los cambios de ropa pueden
hacerse cualquier día, las promociones en efectivo corren también para
las tarjetas de débito, no hay que saldar una deuda para dar de baja un
servicio. Son muchos, nos amparan y sin embargo ...
"No nos han
educado para conocer ni para defender nuestros derechos -observa Héctor
Polino, presidente de Consumidores Libres- y por otro lado, todavía es
muy engorroso hacer los reclamos. La gente se cansa y los abandona. Lo
curioso es que nos hemos ocupado de consagrar muchos derechos en los
últimos años, pero de los básicos sabemos poco".
"Básicos"
como que los restoranes y bares sólo pueden cobrar el cubierto si
ofrecen en la mesa agua, pan y sal. Así lo establece la ley de la Ciudad
4.407. O como que todos los garages deben aceptar bicicletas y que la
tarifa no puede superar el 10% del costo de la hora de los autos, según
la norma 1.752. O que en las guardias médicas deben entregar un
certificado: el artículo 3° ley 26.529 dice que están obligadas a
extender el justificativo porque "constituye información sanitaria, en
términos claros, suficientes, adecuados a la capacidad de comprensión
del trabajador y de su empleador".
O éste: uno
puede entrar al cine, ocupar una butaca y comer su propio pochoclo o lo
que haya comprado en un kiosco cualquiera. "En ningún lado se establece
que uno debe entrar con la comida o bebida que venden en el centro
comercial. Este es un problema muy frecuente que necesita una respuesta
inmediata. El inconveniente es que las empresas no cuentan con personal
que puedan atender estas denuncias. Pero uno puede ingresar al cine con
lo que quiera beber o tomar, sea comprado dentro o fuera del lugar",
explica Carolina Suárez, vicepresidenta del Centro de Educación al
Consumidor.
Otro
"clásico" es la respuesta de las vendedoras en los locales de
indumentaria y calzado: "Hoy no hacemos cambios". La Legislatura porteña
sancionó la ley 3.281 que habilita a los consumidores el derecho a
hacer cambios de productos sin trabas y cualquier día. Explicita que
todo cambio producto "deberá efectuarse en los mismos días y horarios en
los que el comercio atienda al público para ventas".
Respecto de
las promociones, como los descuentos, la ley porteña 5.008 obliga a los
comercios a no efectuar diferencias de precio entre operaciones en
efectivo o con tarjetas de débito y crédito, salvo que sean a favor del
consumidor. "La intención de esta ley es, por un lado, proteger los
derechos de los consumidores y por el otro, permitir que los comercios
hagan promociones o descuentos que favorezcan a quien hace una compra",
avisa Jorge Surín, abogado especialista en derechos del consumidor.
¿Alguien
logró no desesperarse al dar de baja un servicio? Aunque la ley 24.240
indica que podemos suspender algo de la misma manera en que lo
contratamos, que sólo pueden cobrarnos si avisamos después del fin de un
ciclo y que no es obligatorio saldar una deuda para poder dar de baja
un servicio (cable, Internet, telefonía celular), lograr que lo
entiendan en Atención al Cliente es imposible.
La ley
ofrece algunas curiosidades, como que un pasajero puede pedirle a un
taxista que cambie el dial. O que directamente apague la radio. Y si el
cliente hila fino en la interpretación del artículo 1.204 del Código
Civil hasta podría no pagarle si no respeta el rojo de un semáforo o
excede la velocidad.
¿Qué hacer
cuando no se respetan estos derechos? El 0800-666-1518 es la línea
gratuita de Defensa al Consumidor. Allí brindan información y toman
reclamos.
Fuente: clarin.com Por: Victoria De Masi
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