¿Qué hay que
hacer cuando un comercio no cumple con lo que publicita, es decir
realiza publicidad engañosa? ¿Dónde y cómo se puede reclamar?
Consultado
por Clarín, Facundo Carrillo, secretario de Demanda Ciudadana, Calidad y
Cercanía de la Ciudad de Buenos Aires, define dos situaciones posibles.
La primera es ir al local, hacer una compra y que en el comercio
informen que el descuento lo hará la tarjeta de crédito, pero que nunca
"aparezca" en el resumen. En esos casos, el vecino debe acercarse a una
sede comunal y hacer la denuncia. El comprador y el vendedor van a una
mediación con Defensa del Consumidor. Ellos obligan al comerciante a que
haga el descuento que corresponde.
La segunda
situación posible es la llamada "Reporte de incumplimiento a la Ley de
Defensa del Consumidor", en la que se encuadra el caso de Lipskier. Es,
por ejemplo, cuando se publicita una promoción (descuento, 2x1 u otro
beneficio), pero al llegar al comercio, la promoción no existe o no la
cumplen. Según Carrillo, en la Ciudad reciben 500 denuncias al mes de
este tipo. ¿Qué hacer? El funcionario sugiere reportarlo en el sitio
www.solicitudes.buenosaires.gov.ar o llamar al teléfono 147. "Se llena
una solicitud de inspección y nosotros vamos dentro de las 72 horas a
certificar que esa promoción no está siendo tenida en cuenta y multamos
al comercio. Luego, dentro de los 4 ó 5 días, le damos una respuesta al
vecino de lo que resultó de esa inspección", explica.
Por su
parte, Silvana Alonso, abogada especialista en derecho del consumidor,
recomienda guardar toda la documentación que avale la promoción. "Es
decir, si lo viste por Internet, si te dieron un folleto, o el recorte
del diario. De la manera que te hayas enterado, siempre es conveniente
guardarlo", explica.
"Si vas al
local, o al banco, o al lugar que te haya prometido la promoción y no te
cumplen, entonces lo primero que hay que hacer es el reclamo ante la
empresa o el local. Hay que dejar anotado el número de reclamo, la fecha
y la hora en la que se hizo, y el dato de la persona que lo tomó. Una
vez que la empresa te dice que te lo va a reintegrar o que no te lo va a
reintegrar, entonces ahí se pasa a la segunda etapa. Hay dos opciones: o
vas a Defensa del Consumidor para hacer tu denuncia --para que el
organismo administrativo comience a actuar-- o vas a un abogado para
reclamar la indemnización que corresponde", continúa Alonso. Esta última
alternativa fue la que llevó adelante la abogada Lipskier, que
consiguió que la firma Tramando deba indemnizarla por el incumplimiento.
Muchas
veces, al ir a buscar un descuento, el consumidor se encuentra con que
le responden que no es válido para algún producto porque ya estaba
rebajado o porque las promociones no se superponen. "Siempre hay que
tener en cuenta que todo lo que tiene que ver con el consumo debe estar
informado. La ley de defensa del consumidor establece la obligación de
informar. Entonces, si el proveedor te aclaró que hay productos que no
entran en la promoción, entonces no entran. Pero si el proveedor no te
lo aclaró y vos compraste sin que te lo haya aclarado, entonces debería
corresponder la promoción", sostiene la abogada.
¿Cómo
reconocer la "publicidad engañosa", esas ofertas tentadoras que no son
reales? "Por lo general es demasiado vistosa, demasiado llamativa. Uno
se pregunta, '¿Puede ser tanto el descuento?' '¿Puede ser tanta la
bonificación?'. La publicidad engañosa está prohibida por la ley y en el
caso de que no se cumpla también se puede hacer denuncias", concluye
Alonso.
Fuente: clarin.com Por: Vanesa López
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