¿Qué es la
publicidad engañosa? Básicamente, se trata de generar a través de textos
o fotografías un embuste para que la gente consuma. Muchas veces, los
clientes son tentados por estas publicidades y compran los productos sin
darse cuenta que la oferta no es real. Otras, las personas intuyen que
están siendo inducidas por una promesa que no será cumplida y deciden no
comprar. Y en otros casos, como el de Natalia Lipskier transforman el
enojo en acción. Ella fue a la Justicia a defender sus derechos y
escarmentar a los tramposos.
Lipskier es
abogada previsional y en 2013 recibió un mail de una marca de ropa con
una oferta de descuento por el día de su cumpleaños. pero no resultó tan
así y por eso inició un juicio por publicidad engañosa, ya que
consideró que la promoción no fue cumplida. Luego de tres años, lo ganó y
se convirtió, a su modo, en la heroína de los consumidores.
La sentencia
de la Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial
establece que la firma, además de pagar una multa, deberá hacerle el
descuento que en su momento le negó. “El 15 de septiembre de 2013 mi
clienta recibió un mail de parte de esta marca de ropa, donde le decían
que por ser la semana de su cumpleaños obtendría un descuento del 50 por
ciento sobre las compras que realizara sólo en la Casa Matriz. El texto
decía 'especialmente para vos'. Al día siguiente fue al local, y al
momento de abonar la compra le quisieron facturar el total del monto,
sin realizar descuento alguno sobre los precios exhibidos”, cuenta el
abogado Walter Krieger, especializado en defensa al consumidor.
Cuatro días
más tarde y dentro de la semana de su cumpleaños, con la oferta aún
vigente, Lipskier volvió al negocio, pero acompañada por una escribana.
Eligió los mismos productos (12 prendas y un calzado) y obtuvo la misma
respuesta, por lo cual decidió comenzar el juicio.
La condena
contra la empresa consiste en cumplir la publicidad y venderle las 12
prendas al 50 por ciento del valor. La firma de ropa, además, deberá
pagarle $ 3.700 de gastos y $ 15.000 por "daño punitivo". Según Krieger,
a partir de la sanción del nuevo Código Civil y de la creación de
nuevos artículos los clientes están más protegidos.
Durante el
juicio, la empresa negó los hechos, argumentando que las promociones y
descuentos se ponen en conocimiento de los clientes a través del correo
electrónico, en el que se informa “detalladamente y con toda claridad el
objeto de la promoción, los alcances de la misma y el punto de venta
donde se hace efectiva. En los mails se aclara que esas ofertas no se
superponen con otros descuentos”. E intentó explicar que "el descuento
no fue aplicado debido a que los artículos seleccionados por Lipskier
ya habían sufrido una modificación del precio al ser rebajados por la
propia firma". Para los jueces, sin embargo, esto evidencia que se le
dio información errónea al cliente, ya que en ningún momento se
especificó sobre qué productos habría de aplicarse el descuento.
“Sentí la
necesidad de demandarlos porque tenía una mezcla de impotencia e
indignación. La empresa se rehusaba a reconocer los términos de la
oferta. Y yo sólo quería que cumplieran”, señala Lipskier. Y agrega: “El
fallo colmó mis expectativas. La sentencia dice que utilizaron
publicidad engañosa para captar clientela. Y claramente especifica que
esas prácticas muestran un desinterés por los clientes en general, ya
que la oferta debe ser clara, detallada y precisa”.
Pese al
resultado favorable, Lipskier decidió no volver a comprar en ese local:
“La sentencia dice que tengo derecho a elegir 12 prendas y un par de
zapatos, en las mismas condiciones que las ofrecidas, pero de ninguna
manera usaría prendas de una empresa que ningunea al consumidor, que
viola los derechos de los mismos y que se vale de prácticas engañosas
para captar clientela. No hice la demanda por una cuestión económica”.
Por último,
la abogada destaca la importancia de denunciar estos hechos para que las
empresas tengan más responsabilidad a la hora de dar a conocer las
ofertas. “Está bueno que esto se sepa, que la gente no se vaya enojada
cuando no le cumplen y el enojo quede ahí. Que denuncie. Hay canales
legales y hoy todos los medios de comunicación, las redes sociales,
ayudan que estas situaciones tengan repercusión y estado público. No
hace falta ser un erudito en derecho para darse cuenta que están
violando nuestros derechos”, finaliza.
Fuente: clarin.com Por: Fabio Dana